OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES DE LA LEY DE BIENESTAR ANIMAL.

Con motivo de la entrada en vigor de la Ley de Bienestar animal, os informaros de los puntos clave legales, que son de obligado cumplimiento en la Región de Murcia

Recuerda que el microchip es obligatorio en perros, gatos y hurones. La multa, en caso de incumplimiento, oscila entre los 10.000 y 150.000 euros. 

También es obligatoria, en los mismos animales, la vacuna contra la rabia. 

La castración de los gatos es obligatoria antes de los 6 meses. En el resto de especies es obligatorio establecer métodos para evitar la cría.

Tienes que disponer de seguro de responsabilidad civil. No es obligatorio hasta que se desarrolle reglamentariamente la ley, pero si recomendable.

Debes hacer un curso de formación. Tampoco es obligatorio, hasta que se desarrolle reglamentariamente.

Las especies que se pueden tener como animal de compañía no se sabrá hasta que se desarrolle la lista positiva, situación que tardará meses/años. 

Estos son los animales prohibidos

– Artrópodos, peces y anfibios cuya mordedura o veneno pueda suponer un riesgo grave para la integridad física o la salud de personas y animales.

– Reptiles venenosos y todas las especies de reptiles que en estado adulto superen los dos kilogramos de peso, excepto en el caso de quelonios. 

– Todos los primates. 

– Mamíferos silvestres que en estado adulto superen los 5 kg. 

– Especies incluidas en otra normativa sectorial a nivel estatal o comunitario que impida su tenencia en cautividad.

Es recomendable la desparasitación periódica, así como la aplicación del resto de vacunas, dependiendo de la especie.

Recuerda que las ordenanzas de cada municipio pueden ser más restrictivas